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Por el asesinato del lavadero en Viedma piden 18 años de prisión para los acusados

El Fiscal de Cámara Fabricio Brogna solicitó 18 años de prisión para Gonzalo Perez y Ezequiel Juarez por considerarlos coautores del homicidio de Angel Ríos, perpetrado el 26 de junio de 2014, en momentos en que se encontraba trabajando, en horario nocturno, en un lavadero de autos de Viedma. En el hecho está implicada también

El Fiscal de Cámara Fabricio Brogna solicitó 18 años de prisión para Gonzalo Perez y Ezequiel Juarez por considerarlos coautores del homicidio de Angel Ríos, perpetrado el 26 de junio de 2014, en momentos en que se encontraba trabajando, en horario nocturno, en un lavadero de autos de Viedma.

Juicio Rios

En el hecho está implicada también una mujer menor de edad cuya defensa solicitó oportunamente que se le aplique una suspensión de juicio a prueba, situación que está siendo motivo de otro debate judicial que aún no culminó.

Brogna acusó a ambos hombres de ser coautores del delito de Homicidio en ocasión de robo doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por la participación de un menor. Según su alegato, el suceso se produce cuando “Juarez y Perez bajaron al lavadero de autos, intentaron robar y posteriormente uno de ellos efectúa un disparo de arma de fuego que impacta sobre Rios causándole la muerte”.

El representante del Ministerio Público Fiscal le endilgó a los dos hombres el hecho aunque, según la prueba, en principio sería Juarez quien disparó, sustentado por la evidencia científica producida por el hallazgo de su “ADN en el picaporte externo de la puerta de la garita, y la correspondencia de la vestimenta relatada por los testigos, con la que él utilizaba”.

No obstante Brogna explica que ambos actuaron en calidad de coautores y apoya su acusación en las diversas testimoniales recepcionadas durante el debate, los resultados de estudios balísticos, diversas pericias médicas y el registro audiovisual captado por una de las cámaras de seguridad de un supermercado cercano al comercio, entre otras pruebas.

El fiscal tomó como agravantes la nocturnidad -por el especial estado de indefensión en la que pone a las víctimas-, lo fútil de los motivos que los llevaron a delinquir, la edad temprana de Rios y la carencia en la que su muerte subsume a su familia conformada por su mujer y dos hijos pequeños. Como atenuantes detalló la juventud y la consecuente inexperiencia de los jóvenes y su falta de antecedentes.

En cuanto a la defensa, uno de los imputados estuvo representado por el abogado Angel Curzi; mientras que Juarez contó con el patrocinio de la defensora oficial Marta Ghianni quien relató sucintamente en su alegato todo lo sucedido en las cuatro jornadas que incluyó el juicio.

Acerca de la responsabilidad material sobre los hechos de su defendido, Ghianni explicó que diversos testimonios dan cuenta de que la puerta de la garita estaba cerrada, entendiendo que el disparo se realizó desde la ventana contigua a ella, por lo que si el ADN de Juarez estaba en el picaporte, quien disparó lo hizo desde la ventana, eximiendo de tal acción a su defendido.

Asimismo, destacó que el único resultado positivo de hallazgo de restos de pólvora se produce en una campera secuestrada del auto en el que se movilizaban los imputados. Dicha prenda, que contenía ADN de Perez, tenía en el puño restos de plomo y bario.

Ambos defensores pidieron para sus respectivos defendidos la pena correspondiente al delito de robo en grado de tentativa ya que, tal lo define Ghianni, “hubo un concierto de voluntades para un robo, pero no para una muerte».

En tanto, y en caso de que dicha imputación no prospere y el Tribunal los considere culpables de homicidio, ambos solicitaron que se deseche el agravante de la participación de la menor, coincidiendo en que la misma no tuvo ningún tipo de participación en el hecho.

La sentencia definitiva de este hecho se conocerá el 8 de junio próximo a las 12.30 horas.