Padilla tendría un juicio a corto plazo con agravantes que sumarían una condena con cumplimiento efectivo
Conducir bajo los efectos del alcohol y hacerlo de manera temeraria fueron dos agravantes sumados a la imputación que pesa contra Liliana Padilla, detenida tras protagonizar el 17 de marzo pasado un hecho de tránsito en el que perdieron la vida tres de los cuatro ocupantes del vehículo que circulaba en sentido contrario al que ella llevaba.


Padilla luego de la formulación de cargos es llevada nuevamente a la cárcel
Tras la incorporación de nuevas pruebas la fiscal Yanina Estela reformuló los cargos y acusó a Padilla ser la autora de los delitos de “homicidio culposo, tres víctimas y lesiones leves culposas en una víctima, agravados por haber sido la conducción antirreglamentaria de un vehículo con motor, por haberse dado a la fuga y no intentado socorrer a las víctimas, por no respetar las señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular, por el número de víctimas fatales, por encontrarse con un nivel de alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre y por culpa temeraria”.
La querella que representa a la familia de las víctimas ejercida por los abogados Damián Torres y Claudia Pichiñán adhirieron a lo planteado por la fiscal, mientras que el defensor Juan Pablo Merlo se opuso negando que los videos hayan sido filmados y enviados mientras la mujer conducía así como su ingesta alcohólica.
La jueza Georgina Amaro Piccinini tuvo por formulados los cargos, hizo lugar al pedido de la defensa de prorrogar por 60 días más la investigación, así como a las solicitudes de fiscalía y querella de mantener las actuales condiciones de detención en el penal de Padilla por persistir el peligro de fuga.
El juicio oral y público por este hecho tendrá lugar en un corto plazo y la pena en expectativa será de tres años pero con los agravantes sumados el monto de la condena “será indefectiblemente de cumplimiento efectivo”, sostuvo la fiscal.
TRAGEDIA EN LA 250
Este hecho de tránsito ocurrió antes de las 22.30 del 17 de marzo pasado en la ruta nacional 250 pocos kilómetros antes de llegar a la rotonda que deriva el tránsito hacia Conesa y San Antonio Oeste.
En este choque frontal perdieron la vida Tomás Andrade Mendioroz de 11 años, su hermano Juan Cruz Andrade de 28 y la abuela de ambos Liliana Andrade de 75.
Padilla conducía la camioneta Toyota Hilux que se dirigía a Conesa que impactó en forma frontal con la Duster que circulaba en sentido contrario con destino a Viedma y que manejaba Adrián Andrade –padre de dos de las víctimas-, quien por primera vez hoy estuvo presente en la audiencia.
En las anteriores se la observó siempre la presencia de la mamá de Juan Cruz.
En la reformulación de hoy la fiscal Yanina Estela sumó como agravantes el alcohol en sangre estimado en la imputada cuando fue ubicada varias horas después del hecho y la “conducta temeraria” al manejar en esas condiciones y por haberse filmado mientras lo hacía.
En ese marco sostuvo que Padilla “condujo sin el debido cuidado y prevención y sin conservar el dominio efectivo del vehículo con un nivel de alcoholemia en ese momento entre 1,06 y 1,27 gramos por litro y utilizando mientras conducía su teléfono celular para comunicarse con distintas personas enviando, al menos, cinco videos a través de watshapp siendo que a la altura del kilómetro 2,320 al inicio de una curva invadió el carril contrario inobservando la señalización horizontal doble línea amarilla que prohibía esa maniobra produciéndose un despiste sobre la banquina contraria a su sentido de circulación. Luego de lo cual y al querer retomar nuevamente su carril, Padilla colisionó en el lateral derecho a la Duster que circulaba en sentido contrario y que era conducido por Fabián Andrade acompañado por sus dos hijos y madre que realizó una maniobra de esquive”.
Estela recordó que momentos después del hecho, Padilla se fugó del lugar sin intentar socorrer a las víctimas.
LAGRIMAS Y ALCOHOL
En esta nueva audiencia no sólo fueron incorporadas nuevas pruebas de parte de la Fiscalía sino también argumentos de la defensa y de la propia imputada.
Ambos señalaron en la audiencia que en una de las grabaciones detectadas por las pericias informáticas se evitó señalar al destinatario del mensaje que Padilla se encontraba angustiada y llorando porque se había peleado con su novio.
También coincidieron en señalar que el test de alcoholemia realizado horas después del hecho a la imputada dio positivo porque para calmar los dolores provocados por el hecho de tránsito, la mujer bebió unos sorbos de wisky.
Merlo agregó como fundamento defensista que en los videos no se observa ninguna bebida alcohólica, a lo que luego el querellante Torres respondió que “no aparecen porque ya se las había tomado antes la señora Padilla”.
Respecto de la alcoholemia el abogado de la familia de las víctimas aclaró que la graduación estimada tiene fundamentos científicos y respuesta al porqué se realizó en retrospectiva al momento de los hechos varias horas después, “posterioridad que habría que recordarle a la defensa que fue porque la señora eludió el accionar de la justicia.
Con lo cual no puede venir a plantear que no está de acuerdo siendo que la propia Padilla se fue y estuvo varias horas ausente”.
Respecto de los videos, Torres destacó que fueron recuperados del celular de Padilla por personal de la oficina informática de la Procuración General y se la observa manejando y filmándose, negando que lo haya hecho mientras se encontraba detenida como sostuvo la defensa.
Padilla volvió a hablar en esta audiencia agregando -por primera vez- el consumo de wisky con posterioridad al hecho y el estado emocional que atravesaba al momento de enviar los mensajes por la pelea con su novio, llanto que evitó confiar a la persona con la que se comunicó.
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