Nuevas medidas para Viedma, San Antonio, Choele Choel y Jacobacci

El Gobierno Provincial, por intermedio del Ministerio de Salud de Río Negro y a pedido de los intendentes, dispuso nuevas medidas de prevención para las ciudades de Viedma, San Antonio Oeste, Choele Choel e Ingeniero Jacobacci, en el marco de la pandemia por COVID-19.

20 de mayo de 2021·2 min de lectura
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Nuevas medidas para Viedma, San Antonio, Choele Choel y Jacobacci
Nuevas medidas para Viedma, San Antonio, Choele Choel y Jacobacci

A continuación, las resoluciones para saber cuáles son las actividades restringidas y las permitidas en cada localidad.

Resolución Viedma: https://bit.ly/3f0EIQC

EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE:
ARTÍCULO 1 0.- Restringir en el ámbito del ejido municipal de Viedma la circulación de las personas entre las 23:00 horas y las 06:30 de lunes a viernes y entre las 23:00 horas y las 08:00 horas los sábados y domingos. Quedan exceptuadas de la medida de restricción a la circulación nocturna las personas incluidas en el Artículo 200 del Decreto Nacional N O 287/21
de Río de
ARTICULO 2 0 .- Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar y atender clientes en sus salones diariamente hasta las 23 horas, de acuerdo al aforo máximo mencionado más abajo. Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta SESENTA (60) minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.
Las actividades del presente artículo quedan sujetas al cumplimiento estricto de las medidas de cuidado recomendadas por las autoridades sanitarias, y a la aplicación de un coeficiente de ocupación de las superficies cerradas reducido a un máximo del treinta por ciento (30 %) del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación, y respetando las exigencias previstas en los correspondientes protocolos aprobados para las mismas.
ARTICULO 30 .- Disponer la vigencia de la Resolución NO 3455 respecto a la suspensión de actos públicos, protocolares, aniversarios y fiestas populares, como asi también los eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs.-
ARTÍCULO 40 .- La infracción a las disposiCiones de la presente Resolución deberá ser denunciada por la autoridad interviniente con el fin de que la autoridad competente determine si se hubieren cometido los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación, como también a los fines de la aplicación de la multa establecida en el Decreto N O 265/20.
ARTÍCULO 50 .- Este Ministerio podrá, en cualquier tiempo y circunstancia, dejar sin efecto, modificar o suspender, de forma total o parcial, el esquema de medidas dispuestas en la presente Resolución, según la evaluación que se realice de la evolución de la situación epidemiológica.-
ARTICULO 60 ‘ Notificar de la presente a la Secretaria de Estado de Seguridad y Justicia a los efectos de su conocimiento y en orden a la coordinación de las labores de fiscalización de las medidas impuestas.-
ARTICULO 70: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de las 00.00 horas del 20 de mayo y hasta las 24hs. del 2 de junio de 2021.

Resolución San Antonio Oeste: https://bit.ly/3bH3Fyq

Resolución Choele Choel: https://bit.ly/2T9UMqV

Resolución Jacobacci: https://bit.ly/3f2fwJq


En Vivo
Radio EM FM 97.9