Multan a un banco por querer cobrar a un cliente moroso más de lo que adeudaba
Un banco deberá pagar 900.000 pesos a un cliente de Viedma, quien se atrasó en el pago de la tarjeta y la entidad intentó cobrar intereses también sobre un préstamo que tenía al día.


Se trata del Banco Patagonia que ahora deberá indemnizar al cliente que demandó a la entidad luego que le ofrecieran una modalidad de pago con intereses no sólo por el atraso en la cancelación de la tarjeta sino incluyendo un préstamo en el que no registra ninguna demora.
Para la Justicia civil de esta capital la morosidad se debió al accionar del propio consumidor -que retiraba la plata de su cuenta antes de que le debitaran- pero condenó a la entidad crediticia porque pretendían que en la refinanciación ingresen otros servicios que estaban al día.
En su presentación judicial, el hombre detalló expuso que tenía una tarjeta de crédito con el banco y un préstamo personal. Admitió que se atrasó con el pago de la tarjeta, debido a una inesperada merma en sus ingresos.
Agregó que al advertir que no podría cubrir el pago mínimo fue a la entidad crediticia, donde le propusieron tres pagos mensuales.
Poco tiempo después, recibió un llamado de un estudio de cobranzas donde le informaron que adeudaba entre el préstamo UVA y la tarjeta de crédito VISA una determinada suma que podía cancelar en un solo pago o en cuotas con interés.
Además le explicaron que si estaba en mora con un servicio, le daban de baja todos los productos del titular, porque todos estaban a su nombre.
El cliente no aceptó la propuesta, porque él solo estaba en mora con la tarjeta y días después cuando fue a cargar
combustible su tarjeta de débito le figuraba como “cuenta inexistente”.
Ante esta situación el hombre recurrió a Defensa del Consumidor, donde se arribó a un acuerdo conciliatorio por el cual el cliente se comprometía a una forma de pago.
Pero cuando fue al banco “le querían cobrar dos cuotas juntas”. Entonces, cada mes empezó a retirar el dinero de su cuenta apenas lo recibía, antes de que le debitaran.
El fallo tuvo en cuenta que el propio consumidor reconoció que retiró la totalidad de los fondos de su cuenta y no concurrió a la sucursal a efectuar pago alguno por el crédito UVA.
Responsabilizó al cliente por la mora en el pago de la tarjeta y consideró, en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor, el accionar inicial del banco “con conductas que comprometen la buena fe y el trato que merecen sus clientes”.
Tuvo en cuenta que la entidad crediticia “procedió primero a intentar su cobro mediante un agente de cobranza que incluía en la deuda el crédito que no se encontraba en esa fecha en mora, pretendiendo un acuerdo global”.
“Este tipo de conductas, sin discriminar los conceptos efectivamente en mora de los que aún no habían sido impagos y perseguir su cobro mediante maniobras que, al menos, dan lugar a dudas sobre su licitud, resultan reprochables por el ordenamiento jurídico que protege a los usuarios y consumidores”, sostuvo la Justicia civil.
En ese marco y con el objetivo que sean corregidas ese tipo de prácticas y que se brinden las instrucciones necesarias a sus dependientes, se impuso una multa al Banco Patagonia con fines disuasivos de la reiteración de actos similares”, agregó el fallo.
Así, el banco Patagonia deberá pagar 600 mil pesos por daño punitivo y 300 mil por daño moral.
Otras noticias de Judiciales

Prisión preventiva para los tres involucrados de balear a un joven en el barrio Mi Bandera de Viedma
22 de mayo de 2026
La Universidad de Venezuela aseguró que la supuesta médica de Rio Negro nunca asistió a esa institución educativa
22 de mayo de 2026




