“Los hijos pueden participar en un juicio con abogado propio cuando los intereses son contrapuestos”

El Nuevo Código Civil y Comercial trajo aparejados enormes cambios en la relación de padres con los hijos. “La autonomía progresiva de los hijos incluso le permite participar en un juicio con abogado propio cuando existen intereses contrapuestos”, dice la jueza de Familia Marissa Palacios en el material audiovisual elaborado por el Poder Judicial de Río Negro y Canal 10.

26 de enero de 2017·1 min de lectura
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“Los hijos pueden participar en un juicio con abogado propio cuando los intereses son contrapuestos”
“Los hijos pueden participar en un juicio con abogado propio cuando los intereses son contrapuestos”

“El nuevo Código confirma que es total la igualdad de derechos entre hombre y mujeres a la hora de decidir sobre la crianza y educación de los hijos”, afirma la magistrada.

Luego explica: “En caso de ruptura, los hijos tienen derecho a mantener un vínculo estrecho con ambos. El cuidado, en principio, debe ser compartido y equilibrado”.

A la hora de explicar los cambios, recalca que “el sistema anterior favorecía que uno estuviera a cargo de los niños y el otro pasara a un segundo plano. La expresión “régimen de visitas” cambió por “Derecho de comunicación” y ese derecho se amplió a otros referentes afectivos de los niños, más allá de los parentescos”.

“Lo que se conocía como Patria Potestad ahora se llama responsabilidad parental. Los padres y madres tienen el derecho y el deber de orientar a sus hijos, valorando sus opiniones a medida que crecen”, finaliza.

Oportunamente, el Superior Tribunal de Justicia firmó con Canal 10, la emisora de TV pública provincial, un convenio de cooperación que tiene como objetivo “realizar y difundir micros audiovisuales sobre los mecanismos de acceso a justicia, formas alternativas de resolución de conflictos y temas judiciales de interés para la población de la provincia de Río Negro”.


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