La Fiscalía apelará la falta de merito dictada a Lopéz en el caso de abuso
En el marco de la continuidad del proceso penal llevado en contra de un ex legislador provincial Rubén Lopéz por un caso de abuso sexual, la fiscalía de delitos contra las personas apelará la falta de mérito que fuera conocida este miércoles, por no compartir la valoración de la prueba recabada.


Rubén Lopéz
La fiscal Eugenia Vallejos, consideró que existían elementos de prueba suficientes para avanzar en el procesamiento de los imputados, por este motivo adelantó que recurrirá el dictamen de falta de mérito para que las actuaciones sean revisadas por la Cámara Criminal
Cabe señalar, que la resolución de falta de mérito no es una declaración de inocencia del imputado ni lo desvincula del proceso, sino que es un estadio intermedio que permite continuar la investigación y la producción de prueba por el plazo de cuatro meses.
La denuncia que originó el caso fue recibida en la fiscalía de Cipolletti en diciembre pasado. Desde un primer momento se trabajó activamente en la contención y asesoramiento jurídico de la víctima. Para lo anterior y como se hace en todos los casos de este tipo, se dio intervención al equipo interdisciplinario de la Oficina de Atención a la Víctima, quienes asistieron a la joven en los momentos iniciales del proceso.
¿Qué quiere decir que se dictó una falta de merito?
Después de que la Fiscalía realiza una imputación y que se recibe declaración indagatoria al acusado para garantizar su derecho de defensa, el magistrado interviniente puede seguir tres caminos: el del procesamiento, el sobreseimiento o dictar la falta de mérito para procesar o sobreseer al imputado, según la prueba reunida en la investigación.
El primero, supone que hay elementos de prueba suficientes para continuar con la imputación a una potencial etapa de juicio, mientras que el segundo dispone la desvinculación del acusado, declarando su inocencia.
Es importante destacar que la falta de mérito es un punto intermedio de las dos opciones anteriores, la cual prevé que el imputado continúe vinculado durante cuatro meses a la investigación con el fin de obtener elementos suficientes para avanzar con el procesamiento o por el contrario para dictar su sobreseimiento.
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