Jueza de Viedma desarchivó una causa y dictó el sobreseimiento de una persona involucrada en un choque por pedido de su abogado
La jueza de garantías de Viedma Georgina Amaro Piccinini, le hizo lugar al planteo del abogado defensor Agustín Gutiérrez en el marco de una investigación archivada por lesiones leves, cómo consecuencia de un choque.


Foto Gentileza:
Jueza Georgina Amaro
La petición del abogado para la determinación de la jueza se basó luego de analizar el hecho, que ocurrió el 26 de Agosto del 2024, cuando un conductor con su camioneta doble cabina colisionó contra un utilitario en la dársena de giro ubicada sobre la ex ruta N°3 de Viedma, al ingreso de los barrios San Martín y Jardín.
La camioneta circulaba por la ex ruta N°3 y el utilitario salía del Barrio Jardín para doblar a la derecha en dirección a la rotonda conocida como ‘Pedro Pèrez’.
Producto del siniestro la señora que conducía el utilitario sufrió lesiones leves.
El Ministerio Público Fiscal intentó la formulación de cargos en febrero de este año, la que fue rechazada por la Jueza de Garantías Georgina Amaro Piccinini a raíz del planteo del abogado defensor, Agustín Gutiérrez.
La defensa sostuvo que la responsabilidad del siniestro fue de quien conducía el utilitario, al no respetar la prioridad de paso de la camioneta conforme lo establece el Artículo 41º, Inciso g) Apartado 3 de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449. En la audiencia surgió que la empresa aseguradora del utilitario reconoció la responsabilidad del siniestro y le abonó al titular de la pick-up por los daños ocasionados.
Luego del rechazo a la formulación de cargos realizado por la Jueza de Garantías, el Ministerio Público Fiscal archivó la investigación, sin nuevos movimientos desde entonces.
No conforme con ello, su abogado defensor sostuvo en una audiencia ante la Jueza Amaro Piccinini que no existió delito alguno, que el archivo no es un cierre definitivo a la investigación y requirió se dicte el sobreseimiento que permita poner fin al proceso y poder salir del incorrecto archivo dictado por la Fiscalía.
Si bien el Código Procesal Penal de Río Negro no prevé el sobreseimiento de investigaciones en curso y/o archivadas, la defensa requirió que se acuda a una interpretación sistemática que permita comprender que el espíritu del código se encuentra lejos de querer mantener para siempre al imputado en una investigación.
La defensa sostuvo que sería absurdo tener que avanzar en el proceso para que su defendido resulte sobreseído por la inexistencia de delito.
La Jueza de Garantías receptó el pedido del abogado defensor Agustín Gutiérrez a pesar de la oposición del Ministerio Público Fiscal, argumentando que “el imputado tiene el derecho a ser sobreseído por encontrarse en juego el derecho a la certidumbre, como derivación de la garantía del debido proceso legal (art. 18 CN), tal como lo ha dicho constante y de manera inveterada nuestro Máximo Tribunal a partir del fallo ‘Mattei’ y que recoge el Superior Tribunal de Justicia de Rio Negro en numerosos precedentes.”
De esta manera, Amaro Piccinini resaltó que no existían razones para sostener el archivo de la investigación, correspondiendo el sobreseimiento por inexistencia de delito.
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