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Unifica reglas para investigar delitos informáticos y pornografía infantil

El Procurador General, Jorge Crespo, suscribió un nuevo protocolo de trabajo de cumplimento obligatorio para los fiscales de todo el territorio.

Jorge Crespo

En este caso, se trata de un documento que brinda reglas claras acerca de cómo investigar delitos informáticos, engrosando así el listado de instrucciones generales suscriptas en 2018 que ya integran aquella que delimita la aplicación de criterios de oportunidad y la que impone modos de investigar los casos de violencia institucional.

En este caso, la provincia de Río Negro se constituye en una de las primeras del país en aprobar un protocolo de investigación de ciberdelitos, creado a la luz de un instrumento similar elaborado por el Ministerio de Seguridad de la Nación y que adhiere a la “Guía de buenas prácticas para obtener evidencia electrónica en el extranjero”. En la creación de este documento tuvo una trascendente participación la Organización civil Mamá en Línea, que trabaja desde el año 2009 en el acompañamiento de familias víctimas de delitos de índole sexual y, especialmente, del delito de ciberacoso sexual conocido con el nombre de Grooming.

Acceder a Protocolo de Actuación en casos de Ciberdelitos https://goo.gl/diaSBa

El Protocolo enfatiza en la función de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (Oitel) dependiente de la Procuración General, a cuyos integrantes les endilga la responsabilidad de ser los únicos que pueden examinar y analizar la evidencia digital recolectada en el marco de las investigaciones, buscando preservar en todas las ocasiones la prueba original. Dentro de éste área se encuentra, además, el referente provincial que recibe las causas de pornografía infantil y las remite a las Fiscalías correspondientes para el inicio de las investigaciones.

Entre las pautas específicas de actuación, el protocolo impone reglas para la recepción de la denuncia, la atención que debe brindarse a denunciantes menores de edad, las condiciones imperantes en la investigación preliminar y el modo de actuar en los allanamientos.

En este sentido da instrucciones precisas acerca de qué tipo de dispositivos electrónicos deben secuestrarse, cómo manipularlos para evitar pérdida de información y de qué forma garantizar una cadena de custodia que reduzca las posibilidades de futuras nulidades en el marco de la causa judicial.

Asimismo indica que el trabajo judicial debe realizarse sobre copias del material obtenido, procurando preservar el original de manera inalterable y puntualiza cuál es la prueba que puede ser susceptible de secuestro entre la que nombra los chats y blogs, juegos infantiles o de contenido sexual, registro de actividad en internet y directorios de archivos encriptados. Agrega además cualquier tipo de papel que contenga contraseñas anotadas, notas y manuales.

Entre otros aspectos, el protocolo destaca que para llevar adelante este tipo de casos, los fiscales podrán hacer uso de los medios de investigación dependientes de la Procuración General y requerir, de ser necesario, la colaboración con agencias provinciales, nacionales o internacionales especializas en la materia.